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UNIDAD DE DEPÓSITO LEGAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL

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REGISTRO TERRITORIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL


Tasas del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad Valenciana

El artículo 16 de la LEY 11/2002, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 4409, de 31.12.2002) añade un nuevo Capítulo, el XI, en el Título V de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de tasas de la Generalitat Valenciana creando la tasa por los servicios prestados por el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad Valenciana con los siguientes elementos tributarios:

HECHO IMPONIBLE
    Los servicios prestados por el Registro Territorial de la Propiedad intelectual de la Comunidad Valenciana, que son:
           1.Tramitación de la solicitud de primera y posteriores inscripciones, anotaciones preventivas y cancelaciones.
           2. Publicidad registral.

SUJETO PASIVO
    Las personas físicas y jurídicas que soliciten los servicios mencionados en el artículo siguiente.

TIPOS DE GRAVAMEN
    La tasa se exigirá conforme a lo dispuesto en el siguiente cuadro de tarifas:


TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD
Por la solicitud de primera inscripción, siendo titular de los derechos el propio autor, anotaciones preventivas y cancelaciones
Por cada solicitud 11,48 euros
Por obras colectivas
68,92 euros
Por la solicitud de primera inscripción con transmisión de derechos y por las posteriores transmisiones inter vivos
68,92euros
Por transmisiones mortis causa
68,92 euros



PUBLICIDAD REGISTRAL
Por expedición de certificados
11,48 euros
Por expedición de notas simples
6,89 euros
Por expedición de copia certificada de documentos
Por página 3,44 euros
Otros soportes, por unidad 6,89 euros



DEVENGO
    Se producirá en el mismo momento en que se presente la solicitud que inicie la actuación del Registro Territorial de la Comunidad Valenciana, bien directamente o a través de sus Oficinas Provinciales delegadas en las provincias de Alicante, Castellón y Valencia.

PAGO
    Se exigirá en el momento de solicitar el servicio.


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